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Prestación de 200 € para pago de suministros básicos en Cataluña

El 4 de junio se publicaba en el BOE el Decreto-ley 14/2020, de 28 de abril, por el que se adoptan medidas en relación al Sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña, en el ámbito tributario y social, para paliar los efectos de la pandemia generada por la COVID-19 y de adopción de otras medidas urgentes con el mismo objetivo.


El Capítulo III, referente a Medidas de carácter social, recoge una prestación extraordinaria para el pago de suministros básicos. Esta prestación tiene el objetivo de facilitar la adquisición de productos de alimentación, farmacia y otros suministros básicos, será por un importe de 200 € y se realizará en 1 único pago a los solicitantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de dieciocho años.

  2. Estar empadronada y residir legalmente en un municipio de Cataluña. 

  3.  Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: - Ser trabajadora por cuenta ajena y haber estado afectada por un ERTE; o ser fijo discontinuo incluido al punto 6 del artículo 25, o bien haberle sido extinguido su contrato de trabajo de carácter temporal como consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19. - Ser trabajadora por cuenta propia y haber tenido que suspender o reducir su actividad económica como consecuencia de la crisis sanitaria derivada de la COVID-19.  Haber sufrido una reducción involuntaria de sus rentas del trabajo o de su facturación del total de los meses de marzo y abril de 2020, superior al treinta por ciento en comparación con el mismo periodo del año anterior, como consecuencia de los efectos de la COVID-19.

  4.  Los ingresos económicos de la persona solicitante y toda su unidad familiar durante los meses de marzo y abril de 2020 tienen que ser en media mensual inferiores a 2.098,37 euros brutos mensuales.

  5. La persona solicitante tiene que tener familiares que convivan con ella y a su cargo.

  6. En el caso de los trabajadores fijos discontinuos, se aplicarán al cumplimiento de los requisitos las particularidades que tienen en razón de su condición.

Esta prestación es compatible con la percepción de otras ayudas y prestaciones estatales de paro y para el empleo, de cese de actividad, de prestaciones económicas percibidas de forma regular y periódicas, o con cualquier otra ayuda y prestación concedida por otras administraciones, entes públicos o privados.


Cada unidad familiar tiene derecho a un solo expediente de prestación extraordinaria para suministros básicos de apoyo a la sostenibilidad económica de las familias. En caso de presentación de más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la primera que se haya presentado. Se calcula que se podrían acoger unas 100.000 familias, lo que significa unas 300.000 personas destinatarias.


El plazo para presentar las solicitudes quedará abierto hasta que se agote la dotación designada al efecto.


Podéis solicitar la prestación aquí, incluso rellenar un breve cuestionario para saber si tenéis derecho a la misma.



¡Cuídense!

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