Hoy queremos desmontar una leyenda urbana. ¿Has oído alguna vez aquello de que los nacidos en España son españoles? Pues bien, esto no es más que una verdad a medias.
La nacionalidad española se adquiere de diferentes formas, la más común es la nacionalidad española de origen. Todo hijo de español será español independientemente de dónde nazca.
Sin entrar en todos los otros modos de adquisición de la nacionalidad española, vamos a centrarnos en el caso de hijo de extranjeros nacido en España. Habitualmente éste bebé nacido en España adquirirá una de las nacionalidades de sus padres, ya que la forma más habitual de adquirir una nacionalidad es por "sangre". Sin embargo, hay algunos países que no dan su nacionalidad a hijos de nacionales nacidos fuera del propio país, como por ejemplo Cuba o Argentina.
En estos casos, y ante la posibilidad de que éstos recién nacidos se conviertan en apátridas (persona sin nacionalidad), el artículo 17.c) del Código Civil español prevé que serán
"españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad".
Por lo tanto, el mero hecho de nacer en España no otorga la nacionalidad española, a no ser que los padres del recién nacido sean apátridas (ambos) o que la legislación nacional de ninguno de ellos atribuya al bebé una nacionalidad.
Si tu bebé se encuentra en éste caso, deberás solicitar la nacionalidad española con valor de simple presunción para él o ella en el Registro Civil de tu ciudad.
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