top of page

¿Y los trámites de extranjería de la Generalitat?

En relación con las competencias que la Generalitat de Catalunya tiene sobre extranjería, se han publicado varias comunicaciones a causa de la situación de alarma decretada el 14 de marzo por el COVID19, para explicar cómo se va a proceder en solicitudes iniciales, modificaciones y solicitud de informes de extranjería, os dejamos un resumen:


1️⃣ Trámites que requieren cita previa (autorizaciones iniciales, compatibilizaciones, etc.): se paralizan. Las citas previas durante el estado de alarma se cancelan y se autoriza a la presentación telemática.


2️⃣Trámites que NO requieren cita previa (modificaciones y aportación de documentos): Pueden presentarse telemáticamente, CON o SIN certificado digital aquí: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Peticio-generica?category=72461610-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1&fbclid=IwAR2qavMmHRq55zj9LD7zLrSXRh0b74sREiNLKhQqMmDp9J-MdduzlaR-VHg

3️⃣ Autorizaciones Iniciales de Trabajo (AIT) para personal sanitario: Se resolverán con la máxima agilidad posible, para cualquier consulta se puede escribir en este enlace (https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=571&topicLevel2.id=21123&set-locale=ca_ES&fbclid=IwAR2d1XoShO0cRBxsn6YtBK1Kfn4Yrlgn7bsGSAFE9b3XtU7A-lvSDhJSvdQ) con el asunto “CONSULTA PERSONAL SANITARI”.

🔺 Las incidencias o requerimientos se comunicarán por mail y/o teléfono y la notificación de las resoluciones se hará por medios telemáticos.

4️⃣ Informes extranjería: se suspende provisionalmente la elaboración y notificación de informes hasta que se habilite la opción de tramitación telemática. ➡️Infomes que se presenten durante estado de alarma: se resolverán cuando éste finalice o se habilite tramitación telemática. ➡️Informes PRESENTADOS antes del 14/3: se suspende su tramitación y se interrumpen plazos hasta que se habilite la tramitación telemática o finalice el estado de alarma o su prórroga. ➡️ Informes EMITIDOS antes del 14/3 que NO han sido notificados: se suspende su caducidad hasta que sea notificado al interesado. ➡️ Informes emitidos y notificados antes del 14/3: aunque hayan caducado durante el estado de alarma, se podrán utilizar en los procesos de extranjería que se inicien posteriormente.

Y recordad, estamos a vuestra disposición para cualquier duda o ayuda:

☎️608 294 810 💻hola@pangeaiure.com



215 visualizaciones0 comentarios
bottom of page